El atrato como sujeto de derechos
En el año 2016, gracias al duro trabajo de las organizaciones étnicas del Atrato, la Corte Constitucional, a través de la Sentencia T-622, declaró por primera vez en el país y tercera en el mundo, que un río, el majestuoso Atrato, era una entidad sujeto de derechos.
La Corte reconoció que el Atrato es una entidad viviente que además sustenta otras formas de vida y culturas, y por ello le otorgó los derechos a la protección, conservación, mantenimiento y restauración. La protección de esos derechos está a cargo de sus guardianes.
Este sitio web es una iniciativa del Cuerpo Colegiado de Guardianes del Atrato y del Centro Sociojurídico para la Defensa Territorial – SIEMBRA como un espacio para la divulgación y pedagogía del fallo y sus avances. Buscamos centralizar en un solo lugar y de manera accesible el enorme universo de acciones, actores e iniciativas que hacen parte del proceso de implementación de esta histórica sentencia.


El río Atrato forma un amplio valle de planicies custodiadas al oriente por la cordillera Occidental y al occidente por la serranía del Baudó.
Nace en el páramo de Cerro Plateado, al suroriente antioqueño y recorre el Chocó desde la parte media del departamento hasta su extremo norte, en el golfo de Urabá.
En este recorrido recibe las aguas de 150 ríos y 3.000 quebradas que conforman una compleja red fluvial, en medio de una vegetación rica y espesa. Pese a la carencia de infraestructura vial en el Chocó, esta riqueza hídrica permite que el Atrato sea la columna vertebral de un sistema de comunicación que conecta vastos territorios y enlaza la pluralidad de poblaciones que se asientan en sus riberas.